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Servidores públicos deben garantizar derechos políticos de mujeres o ser sancionados: Mónica Fernández Balboa

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Redacción/

Ciudad de México a 7 de agosto 2020
• Su empoderamiento no es una opción, sino una obligación, un mandato constitucional y un escenario deseable para la vida pública de nuestro país.

Redacción/

La presidenta del Senado de la República, Mónica Fernández Balboa, afirmó que las y los servidores públicos deben ser los primeros en garantizar los derechos políticos de las mujeres o sujetos a sanciones severas en caso de restringirlos.

El empoderamiento de ellas no es una opción, sino una obligación, un mandato constitucional y un escenario deseable para la vida pública de nuestro país, asentó en el foro virtual sobre “Delitos electorales e infracciones administrativas de servidores públicos enfocados en violencia política de género”.

Dijo que siempre habrá resistencias para el avance político de las mujeres y una de las más complejas es la violencia política por razón de género que, conforme a las reformas que aprobó el Congreso, se expresa en conductas como las restricciones al voto y los derechos de asociación, el uso de propaganda denigrante e imágenes basadas en estereotipos.

Además de la violencia física, sexual, simbólica, psicológica, económica o patrimonial contra una mujer en el libre ejercicio de sus derechos políticos o de sus responsabilidades públicas, continuó Fernández Balboa.

“Este tipo de conductas -acotó- son inadmisibles vengan de donde vengan, pero tratándose de los servidores públicos la situación es todavía más grave, pues se trata de agentes del Estado que atentan contra principios elementales plasmados en el texto constitucional”.

La senadora recordó que con las reformas que se publicaron el pasado 13 de abril, se estableció que cuando estos delitos sean cometidos por servidores públicos, funcionarios electorales o partidistas, aspirante a candidata independiente, precandidata o candidata, o con su aquiescencia, las penas se aumentarán en un tercio.
También se definió que toda conducta que desde el servicio público limite la actividad política de las mujeres es al mismo tiempo un delito electoral y una falta administrativa acreedora a sanciones tanto penales como administrativas.

Se trata, aseveró la presidenta de la Mesa Directiva, de disposiciones que, independientemente de la armonización legislativa que lleven a cabo las entidades federativas, serán aplicables para el proceso electoral de 2021.

Lo anterior porque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que si los congresos locales no han armonizado sus leyes de acuerdo con lo que dicta la Constitución, serán las autoridades electorales las que tendrán la obligación de emitir lineamientos para garantizar la paridad de género y la sanción de la violencia política de género.

Rigoberto Riley Mata Villanueva, presidente del Tribunal Electoral de Tabasco, advirtió que las penas por este ilícito van desde multas hasta la privación ilegal de la libertad, así como sanciones económicas, apercibimiento, amonestación, suspensión, destitución del cargo o inhabilitación temporal para desempeñarse en el servicio público.
Daniel Díaz Cuevas, director General Jurídico de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la FGR, se pronunció por fortalecer las relaciones con órganos autónomos y tribunales estatales, «debido a que son ellos son los primeros que nos pueden dar vista sobre algún delito electoral lo que nos genera mayor certeza”.

A su vez, Claudia Carrillo Gasca, Magistrada del Tribunal Electoral de Quintana Roo, afirmó que actualmente están armonizando las penalidades, por lo que proponen que cuando un servidor público cometa un delito a razón de género su pena se aumente hasta un tercio más y cuando se trate de una mujer indígena esta penalidad
se incremente a una mitad más.


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