Gratis estacionamientos de Chedraui Carrizal y Fun City, por transas: Profeco
Redacción/
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), delegación Tabasco, suspendió la actividad comercial de los estacionamientos de las plazas comerciales Chedraui Carrizal y Fun City debido a violaciones a la Ley Federal del Consumidor, y con ello la entrada y salida será gratuita en tanto se concluye esta suspensión.
Los sellos de suspensión fueron colocados el jueves pasado y se mantendrán así por el tiempo que sea necesario. Cabe señalar que previamente a la colocación de estos sellos había trascendido el manifiesto malestar entre los usuarios de este estacionamiento por la falta de claridad en el cobro por estacionarse.
Se detectaron las siguientes irregularidades:
ESTACIONAMIENTO CHEDRAUI CARRIZAL
- Exhiben publicidad engañosa al informar en los accesos al estacionamiento que con boleto sellado se condonan 2 horas de servicio. (En caja únicamente manifiestan que será con la empresa Chedraui)
- No expiden comprobante de pago por el servicio de estacionamiento en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
FUN CITY – PROMOTORA TABASCO S.A. DE C.V.
Se detectan las siguientes irregularidades:
- No expiden comprobante de pago por el servicio de estacionamiento en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
- En caso de robo total del vehículo, condicionan el pago del deducible al consumidor sin exhibir la cantidad o porcentaje a la que asciende.
- Condicionan el pago de servicio de estacionamiento a moneda fraccionaria.
Los establecimientos prestadores del servicio de estacionamiento, de conformidad con la competencia y atribuciones de la Procuraduría, deben cumplir con los siguientes elementos.
ACCIONES DE VERIFICACIÓN PROFECO en materia de comportamiento comercial:
- Exhibición de las tarifas del servicio a la vista del público, de manera clara, veraz y sin ambigüedades.
- Montos totales a pagar.
- Respeto a las tarifas exhibidas.
- Entrega de comprobantes.
- No realicen el condicionamiento o negativa del servicio.
En materia metrológica:
- El reloj registrador de tiempo se encuentre a la vista de los consumidores.
- Los resultados de la medición del reloj registrador de tiempo, se ajusten a los establecidos en la NOM-048-SCFI-1997.
- El reloj registrador de tiempo debe contar con el holograma correspondiente al año en que se realiza la verificación.